Peaje


Por Resolución No 03/2013 del 13 de enero de 2013 de la CARP, la administración, facturación, cobro del peaje y control del tráfico de los buques que naveguen los canales a Martín García estará a partir del 20 de enero de 2013 a cargo de la CARP.

A partir de la Resolución No 11/2019 , se modifica la fórmula para el cálculo del peaje, entrando en vigencia a partir del 10 de abril de 2019.

A partir de la Resolución No 36/2022 , se actualiza la tarífa básica de peaje de USD 2,25 a USD 3,06; entrando en vigencia a partir del 1º de enero de 2023.

A partir de la Resolución No 09/2025 , se actualizan las tarífas básicas de balizamiento (Tb) y de dragado (Td) para buques que efectuen navegación de cabotaje a $A 824,80; entrando en vigencia a partir del 15 de junio de 2025.



Tarifa del peaje

La tarifa a cobrar en concepto de peaje resulta de la aplicación de la siguiente fórmula, en la que el primer término corresponde al balizamiento y señalización del canal, y el segundo corresponde a su dragado:

Tp = (Tb x TRN) + (Td x TRN x FC)


Donde:
Tp = Tarifa de peaje expresada en dólares estadounidenses
Tb = Tarifa base de balizamiento expresada en dólares estadounidenses
Td = Tarifa base de dragado a 34′ expresada en dólares estadounidenses
TRN = Tonelaje de Registro Neto
FC = Factor de Corrección

El Factor de Corrección FC es igual a:

FC = (C - Cr) / Cb


Donde:
Cr = Calado de referencia = 15′
Cb = Calado máximo de diseño del buque a plena carga
C = Cr para calados máximos de diseño <= a 15′
       Cb cuando Cb >15′ y <=34′
       Cd cuando Cb > 34 pies
       Cd = Profundidad nominal del canal = 34 pies


  • La tarifa básica del peaje es de USD 3,06 por TRN para barcos de ultramar.
  • La tarifa por concepto de dragado (Td) se determina por el 17,06 % de la tarifa básica de USD 3,06.
  • La tarifa por concepto de balizamiento (Tb) se determina por el 3,80 % de la tarifa básica de USD 3,06.

  • Td = USD 3,06 x 0,1706 = 0,38385 por TRN

    Tb = USD 3,06 x 0,0380 = 0,0855 por TRN
  • La tarifa básica del peaje es de ARS 824,80 por TRN para barcos de cabotaje al tipo de cambio ARS/USD del Banco Nación Argentina, tipo vendedor al 23/06/2025.

Instrucciones para el pago

Descargue el instructivo para el pago del peaje en formato pdf.

Descargar documento


Cálculo de la tarifa

Ingrese el tonelaje de registro neto (TRN), y el calado máximo en pies.

Para convertir el calado de metros a pies, dividirlo por 0,3048.

El resultado obtenido corresponde a un viaje. Dado que cada subida o bajada se computa como un viaje, si el buque sube y baja se deben considerar 2 viajes.